20071128Lraper

El ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación queda definido ya en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). De todas maneras, vamos a repasarlo, ya que a veces hay la tendencia a pensar que el CTE únicamente afecta a la edificación residencial… y en realidad, no es así.

La ley dice (apartado 2 del artículo 2, LOE), que la LOE y el CTE son de aplicación a todas las obras de nueva construcción públicas y privadas, y a las reformas que afecten a la estructura del edifcio.

La única excepción es para las obras que cumplan las siguientes 5 condiciones (deben cumplir las 5):

  1. Que sea una edificación técnicamente sencilla.
  2. De escasa entidad constructiva.
  3. De una sola planta.
  4. Que no tenga un carácter residencial o público.
  5. Que no pueda afectar a la seguridad de las personas.

Está claro que no será fácil encontrar una edificación que no afecte a la seguridad de las personas y por lo tanto, la excepcionalidad de no cumplimiento del CTE queda restringida a muy pocos casos.

O sea que a parte de las edificaciones de carácter residencial, también deben cumplir el CTE: 1) Todos los edificios públicos, sean del tipo que sean, por ejemplo, un pabellón de deportes, un almacén municipal, o los módulos prefabricados utilizados en las escuelas,… y 2) Todos los edficios industriales que puedan afectar a la seguridad de las personas, por ejemplo, las naves industriales, cobertizos agrícolas, todo tipo de edificos auxiliares con acceso de personal, las oficinas…

Evidentemente, puede haver casos de isntalaciones que solo deban cumplir el CTE parcialmente, por ejemplo en una estación depuradora (EDAR), los vasos y piscinas podrían quedar fuera del CTE (depende interpretación más o menos estricta de la norma), pero el edificio anexo o las oficinas de la planta, deberían cumplir el Código Técnico.

Lo que si queda claro, es que quedan totalmente eximidas del cumplimiento del CTE, todo lo que no son edificaciones, por ejemplo: puentes, viaductos, torres eléctricas, puertos… aunque la mayoria de estas tienen sus propias normativas y regulaciones…

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Jordi Adell

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